La Ley Federal del Trabajo en su art. 87 marca una fecha límite para la entrega de aguinaldo a los empleados del sector privado

Tal vez ya has escuchado o leído que los servidores públicos o trabajadores de Gobierno recibirán el aguinaldo antes del 15 de noviembre,  El Diario Oficial de la Federación comunicó un decreto donde aclara que  los Trabajadores al Servicio del Estado tienen derecho a un aguinaldo equivalente a mínimo 40 días de salario al año sin deducción. 

De manera que si laboras en una empresa privada, la fecha límite para que recibas la gratificación de fin de año se extiende hasta el 20 de diciembre que es la fecha limite según la LFT,  ni un día después ya que se trata de un pago obligatorio y es irrenunciable para los trabajadores. El pago corresponde a un monto mínimo de 15 días de salario, en caso de que se haya laborado el año completo en la empresa. Si ha trabajado menos de 12 meses, se pagará la parte proporcional al tiempo de servicio.

Cabe mencionar que el aguinaldo debe pagarse en efectivo, está prohibido realizar el pago en mercancías, vales, fichas o cualquier otro signo representativo con que se pretenda substituir la moneda.

C.P. Karla Avalos

 

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